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Cambios en monotributo: pago electrónico y recategorizaciones

La AFIP estableció una batería de modificaciones sobre el control de los monotributistas y la forma de pagar el impuesto.

La AFIP estipuló una serie de cambios en el régimen de monotributo que apuntan a un mayor control sobre las categorías y a impulsar el pago electrónico.

A través de la resolución general 3990 el organismo de recaudación estableció que podrá recategorizar a los contribuyentes en base a la presunción de ingresos un 20 por ciento superiores a la categoría en el caso de prestadores de servicios y de un 30 por ciento para quienes se dedican a la venta de bienes muebles.

Para evaluar estas variaciones se tendrán en cuenta las acreditaciones de ingresos en cuentas bancarias y de gastos personales como así también del consumo con el uso de tarjetas de crédito y compra, y del pago de servicios en entidades no bancarias autorizadas.

En el caso de que se justifiquen los movimientos, si hacer que se supere la facturación máxima, el monotributista podrá recurrir al sitio de la AFIP en Internet para hacer un descargo en los primeros 30 días después de que fue notificado en el domicilio electrónico. De rechazarse la presentación el efecto retroactivo comenzaría en la fecha en que se detectó la variación de montos.

Pago Electrónico

La entidad que dirige Alberto Abad estableció que la obligación de pagar el impuesto electrónicamente se extenderá a todas las categorías en dos tramos. Hasta el momento rige para los contribuyentes de las categorías entre la E y la K. En septiembre incluirá a la D y desde noviembre a las tres últimas: A, B y C.

Para realizar esta operación el contribuyen deberá poseer una cuenta bancaria. Como opción existe la “Caja de Ahorro Fiscal” del Banco Nación que es gratuita.

Las modalidades de pago son transferencia electrónica de fondos, cajeros automáticos, débito automático, tarjeta de crédito, cheque y “todo pago electrónico que se defina en el futuro”, dijeron funcionarios de la AFIP, en referencia a la incipiente billetera electrónica y otras formas de pago que están surgiendo.

Las vías para facturar el trámite serán el Facturador Móvil, al que se accede desde Play Store con “Monotributo”, y Comprobantes en Línea que figura en la página de la AFIP.

Domicilio Fiscal Electrónico

La resolución publicada en el Boletín Oficial reglamenta que los avisos de cambios en los datos del monotributista, intimaciones o comunicados se enviarán al domicilio fiscal electrónico. Esta modalidad es obligatoria para los que ingresen al sistema mientras que las personas que ya se encuentran adheridas tienen tiempo hasta el 30 de septiembre.

Los contribuyentes podrán registrar un correo electrónico y una línea de teléfono celular. Mediante la aplicación “Mi Monotributo” los inscriptos podrán acceder durante los martes y viernes para conocer las novedades de su situación impositiva.

En el sitio de la AFIP se habilitará la opción “Mi categoría” con la información que el fisco tiene de cada monotributista quienes podrán modificar su condición todos los meses con efecto sobre el mes siguiente.

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